De acuerdo con las Bases reguladoras de la convocatoria de Ayudas Económicas por Consumo Eléctrico del Municipio de Bonete aprobadas en sesión plenaria ordinaria de fecha 31-03-2023.
- PLAZO:
- A partir del día 5 de MAYO hasta el 14 de MAYO de 2023, ambos inclusive.
- DOCUMENTACIÓN:
1.La solicitud se ajustará al modelo que se adjunta a las presentes bases (Anexo I) y será cumplimentada y firmada por el interesado o su representante debidamente acreditado.
2. Junto a la solicitud se presentará la siguiente documentación en original o copia auténtica:
- PARTICULARES:
- Copia del DNI en vigor.
- Certificado empadronamiento (por el propio Ayuntamiento).
- Propietario vivienda: Será comprobado de oficio (por el propio Ayuntamiento) a través del Catastro.
- Arrendatario: Contrato arrendamiento en vigor.
- Certificado cuenta bancaria o ficha terceros debidamente cumplimentada y sellada por la entidad bancaria. El beneficiario de la ayuda debe figurar como titular de la cuenta.
- Documentación vivienda habitual, deberá aportar:
- Últimas tres facturas y justificante de pago del consumo eléctrico.
- Últimas tres facturas y justificante de pago del consumo del suministro agua.
- Últimas tres facturas y justificante de pago del consumo de Internet
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS- (Anexo II).
B . EMPRESAS:
- Certificado IAE: IAE.
- Certificado IAE: situación censal.
- Certificado cuenta bancaria o ficha terceros debidamente cumplimentada y sellada por la entidad bancaria. El beneficiario de la ayuda debe figurar como titular de la cuenta.
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS- (Anexo II).
En Bonete,
LA ALCALDESA
Josefa Mansilla Ortuño