De acuerdo con lo establecido en el artículo 98 del R.D 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ACUERDA

 PRIMERO. — Fijar las Indemnizaciones por ASISTENCIA efectiva a sesiones Plenarias y Comisión Especial de Cuentas.

Se fijan las siguientes indemnizaciones:

  • Asistencia a sesiones Plenarias: 60,00
  • Asistencia a Comisiones Especial de Cuentas: 60,00

 SEGUNDO. —Establecer las siguientes INDEMNIZACIONES a los miembros de la Corporación, y personal del Ayuntamiento, por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo con por los conceptos que se determinan a continuación:

1.- Gastos de locomoción con vehículo particular: 0,20 euros por kilómetro particular. 2.- Gastos por asistir a reuniones fuera del municipio, de representación y protocolarios: 60,00euros.

 TERCERO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, y fijar en el tablón de anuncios de la Corporación el presente acuerdo plenario.

CUARTO. — Las cuantías de los apartados primero y segundo podrán ser actualizadas con motivo de la aprobación del Presupuesto General.

 En Bonete, EL AYUNTAMIENTO PLENO”